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Contrato de transporte

CONDICIONES DEL CONTRATO Y OTRAS ADVERTENCIAS IMPORTANTES

ADVERTIMOS A LOS PASAJEROS CON DESTINO FINAL O ESCALA EN UN PAÍS DISTINTO DEL PAÍS DE SALIDA QUE EL TRATADO INTERNACIONAL CONOCIDO COMO CONVENIO DE MONTREAL, O EL CONVENIO DE VARSOVIA QUE LE PRECEDIÓ, Y SUS ANEXOS (SISTEMA DEL CONVENIO DE VARSOVIA) PUEDEN SER DE APLICACIÓN DURANTE TODO EL VIAJE, INCLUYENDO CUALQUIERA DE SUS TRAMOS DENTRO DE UN PAÍS. PARA TALES PASAJEROS, EL CONVENIO CORRESPONDIENTE, INCLUYENDO LAS CONDICIONES DE TRANSPORTE ESPECIALES ARTICULADAS EN CUALQUIERA DE LAS TARIFAS APLICADAS, REGULA Y PUEDE LIMITAR LA RESPONSABILIDAD DEL TRANSPORTISTA.

ADVERTENCIA sobre la limitación de responsabilidad
Es posible que el Convenio de Montreal o el Convenio de Varsovia tengan relación con su viaje y que estos convenios sean de aplicación y puedan limitar la responsabilidad de los transportistas aéreos en caso de muerte o lesión del pasajero, de pérdida o demora en la entrega de equipajes y por retrasos.

En los territorios en que el Convenio de Montreal sea de aplicación, se limita la responsabilidad en los siguientes casos:

  1. No hay límite financiero aplicable en caso de muerte o lesión siempre que el causante sea el transportista
  2. Por lo que se refiere a destrucción, pérdida, daños del equipaje o retraso en su entrega, en la mayor parte de los casos el límite aplicable asciende a 1.000 Derechos Especiales de Giro (aproximadamente unos 1.200 €; 1.470 $) por pasajero.
  3. Por los daños ocasionados por retraso del vuelo en caso de que el causante sea el transportista, el límite aplicable asciende a 4.150 Derechos Especiales de Giro (aproximadamente unos 5.000 €; 6.000 $) por pasajero.
    El Reglamento (CE) nº 889/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo exige que los transportistas aéreos de la UE cumplan lo dispuesto en el Convenio de Montreal en lo relativo a los límites de responsabilidad aplicables en el transporte aéreo de pasajeros y de su equipaje. Muchos transportistas de fuera de la UE también han escogido esta forma de proceder en lo que se refiere al transporte de pasajeros y de su equipaje.

Puede obtenerse del transportista más información relativa a los límites aplicables vigentes en su viaje. Si su viaje incluyera vuelos con distintos transportistas, debería ponerse usted en contacto con todos estos transportistas para informarse de los límites de responsabilidad aplicables a cada uno de ellos.
Independientemente de qué convenio rige en su viaje, puede beneficiarse del límite mayor de responsabilidad en caso de destrucción, pérdida o daños del equipaje o en caso de retraso del equipaje, si su equipaje está asegurado previamente al viaje. En cualquier caso, si el valor de su equipaje supera el límite de responsabilidad, puede usted declarar el valor de su equipaje previamente al vuelo, como muy tarde en el mostrador de facturación, y abonar en su caso las tasas suplementarias correspondientes

Limitaciones temporales: la demanda de indemnización por daños deberá ser presentada al juzgado en el plazo de dos años a partir de la fecha de llegada de la aeronave o del día en que la aeronave hubiese debido llegar. Derecho de indemnización por el equipaje: la comunicación del siniestro deberá ser remitida por escrito al transportista en un plazo de 7 días desde la fecha de entrega del equipaje en caso de daños al mismo, mientras que, en caso de retraso en la entrega del equipaje, el plazo de reclamación es de 21 días a contar desde la fecha en que éste se puso a disposición del pasajero.

Advertencia sobre las condiciones del contrato articuladas mediante referencias

  1. Su contrato de transporte con el transportista que presta el transporte aéreo, sea este internacional, nacional o un tramo nacional de un vuelo internacional, está sujeto a esta comunicación, a cualquier otra comunicación o disposición del transportista, y a las condiciones del transportista (Condiciones de Contrato) relativas a las reglas, disposiciones y procedimientos (Disposiciones) y a todas las tarifas válidas.
  2. Si le prestara el servicio de transporte más de un transportista, su viaje puede estar sujeto a diferentes Condiciones de Contrato y diferentes Disposiciones.
  3. Las Condiciones de Contrato, las Disposiciones y cualquier tarifa válida de cada transportista están articuladas mediante referencias en su contrato de transporte y forman parte del mismo.
  4. Las Condiciones de Contrato pueden incluir, sin que por ello queden limitadas solamente a ellas, las siguientes especificaciones:
    • Condiciones y límites de responsabilidad aplicables al transportistas por lesiones o muerte del pasajero.
    • Condiciones y límites de responsabilidad aplicables al transportistas por destrucción, pérdida, daños o retraso de artículos y equipaje, incluyendo artículos frágiles y perecederos.
    • Reglas para la declaración del valor del equipaje y para el pago de las tasas suplementarias que puedan ser aplicables.
    • Aplicación de las Condiciones de Contrato y limitación de responsabilidad del transportista por la actuación de agentes, empleados y representantes del transportista, incluyendo a cualquier persona que le preste equipamiento o servicios.
    • Limitaciones referidas a la aplicación de derechos, incluyendo los plazos en los que el pasajero debe presentar la reclamación o interponer la demanda contra el transportista
    • Reglas referidas a la confirmación de asiento o reserva, tiempos de facturación, uso, duración y validez de los servicios de transporte, así como derecho del transportista a denegar el transporte.
    • Derechos del transportista y limitaciones de responsabilidad aplicables al transportista por retrasos o no prestación de servicios, incluyendo cambios del horario de vuelo, garantía de operación a través de transportistas o aeronaves suplentes, modificaciones de destino y, cuando así lo exija la legislación vigente, obligación del transportista de informar al viajero de la identidad del transportista que opera el vuelo o de que se trata de una aeronave suplente.
    • Derecho del transportista a rechazar el transporte de pasajeros que no cumplan las leyes vigentes o que no presenten los documentos de viaje indispensables.
  5. Podrá obtener más información sobre su contrato de transporte y cómo solicitar copia del mismo en los puntos de venta de servicios de transporte del transportista dado. Muchos transportistas tienen también dicha información en sus páginas de internet. Si solicita la legislación vigente aplicable, tiene derecho a revisar el texto completo de su contrato en el aeropuerto o en la oficina de ventas de su transportista y, bajo su solicitud, obtener de su transportista libre de cargos copia de la misma por correo postal o de otro modo.
    Nota: en las líneas operadas por compañías asociadas a Czech Airlines, las condiciones de transporte son las del transportista que opera el vuelo, que pueden ser distintas de las condiciones de Czech Airlines. Visite, por favor, las páginas de internet del transportista que opera el vuelo para controlar sus condiciones. Fíjese en particular en el tiempo de facturación, límites de transporte de equipajes, tasas por exceso de equipaje, condiciones de transporte de niños sin acompañante, transporte de animales y de cualquier tipo de equipaje extraordinario.
  6. Si el transportista vende el servicio de transporte o factura el equipaje para otro transportista, realiza tal actividad sólo como agente de otro transportista.

NO PUEDE VIAJAR SI NO DISPONE DE TODOS LOS DOCUMENTOS DE VIAJE REQUERIDOS, COMO, POR EJEMPLO, PASAPORTE Y VISADO.
EL GOBIERNO PUEDE REQUERIR DE SU TRANSPORTISTA QUE PROPORCIONE INFORMACIÓN SOBRE LOS PASAJEROS O QUE PERMITA EL ACCESO A LOS DATOS DE LOS PASAJEROS.

DENEGACIÓN DE TRANSPORTE: en un vuelo dado existe la posibilidad poco probable de que se hayan vendido más pasajes que plazas disponibles, aunque tenga una reserva confirmada. En la mayoría de los casos, si se le deniega el transporte contra su voluntad, tiene derecho a una indemnización. Si así fuera exigido por la legislación vigente, el transportista debe buscar previamente un voluntario, antes de denegar el transporte a un pasajero que no se avenga a ello voluntariamente. Podrá conocer a través de su transportista las condiciones completas en lo relativo al pago de indemnizaciones por denegación de transporte y la información sobre condiciones de preferencia de admisión de viajeros a la aeronave.
EQUIPAJE: Hay una serie de artículos en los que puede ser declarado el montante de su valor. Los transportistas pueden hacer valer reglas especiales para artículos frágiles, valiosos o perecederos. Infórmese a través de su transportista.
Equipaje facturado: los transportistas pueden admitir el transporte de equipaje facturado libre de cargos, según lo dispuesto por el transportista, y dichas disposiciones pueden diferenciarse por la clase de pasaje o por el itinerario. Los transportistas pueden requerir tasas por superar la franquicia de transporte de equipajes. Infórmese a través de su transportista.
Equipaje de mano (no facturado): los transportistas pueden admitir el transporte de equipaje de mano libre de cargos, según lo dispuesto por el transportista, y dichas disposiciones pueden diferenciarse por la clase de pasaje, por el itinerario y/o por el tipo de aeronave. Recomendamos que se lleve un equipaje de mano de las más reducidas dimensiones.
Si forman parte de su viaje más de un transportista, en lo referente al equipaje, pueden ser de aplicación distintas reglas para cada transportista (tanto en el equipaje facturado, como en el equipaje de mano). Infórmese a través de su transportista.
PLAZO DE FACTURACIÓN. La hora que figura en el itinerario del viaje es la hora de salida. La hora de salida del avión es distinta de la hora de facturación o la hora de presentación para el embarque. El transportista puede denegar el transporte si el pasajero se presenta tarde a facturar o al mostrador de embarque. La hora de facturación comunicada por el transportista es la hora límite a la que pueden ser admitidos los pasajeros para el vuelo; la hora de presentación al vuelo, comunicada por su transportista, es la hora límite a la que el viajero debe presentarse para embarcar en la aeronave.
SUSTANCIAS PELIGROSAS. Por motivos de seguridad, no puede haber artículos peligrosos ni en el equipaje facturado ni en el equipaje de mano si no se autoriza expresamente. Dentro de los artículos peligrosos no sólo están comprendidos los gases comprimidos, corrosivos, explosivos, líquidos y sólidos inflamables, materiales radioactivos, materiales oxidantes, venenos, substancias infecciosas y maletines con equipos de alarma incorporados. Por motivos de seguridad pueden resultar de aplicación otras limitaciones. Infórmese a través de su transportista.


No transporte mercancías del tipo de las que figuran en los dibujos anteriores sin consultar previamente con su transportista.

Podrá encontrar información detallada sobre las condiciones de transporte de Czech Airlines aquí.

 
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