La seguridad de los pasajeros es una de las prioridades principales de las compañías aéreas. Aquí podrá familiarizarse con la reglamentación de seguridad al que su viaje está sujeto.
El transporte aérea se rige por una reglamentación y disposiciones muy precisas en materia de seguridad. Esta reglamentación trata tanto del equipaje facturado, cuanto de los objetos que forman parte del equipaje de mano que usted puede llevar a bordo. Hay objetos que sólo pueden transportarse en el equipaje facturado, los objetos peligrosos están completamente prohibidos.
Antes de subir a bordo de nuestro avión debe pasar los controles de seguridad. Igualmente debe pasarlos su equipaje de mano y sus efectos personales.
En el año 2006 entró en vigor una reglamentación que regula la cantidad de líquidos que puede llevar consigo en el momento en que pasa los controles de seguridad. Las normas se aplican a todas las personas que vuelan a países de la Unión Europea, Noruega, Islandia, Suiza, EE.UU. y Canadá, incluso en caso de que sólo sea a efectos de tránsito en los referidos estados para realizar la conexión con líneas con destino en otros países. Durante los controles de seguridad, además de la verificación de que entre el equipaje de mano no se lleva ninguno de los objetos previamente excluidos, también se controla que éste no contenga materias y sustancias prohibidas (particularmente líquidos y geles).
Sólo puede llevar con usted a bordo del avión una cantidad mínima de líquidos. Los líquidos tienen que ir en recipientes o envoltorios pequeños con un volumen máximo de hasta 100 mililitros. Todos los envoltorios deben estar contenidos en una sola bolsa de plástico transparente que pueda ser cerrada con un volumen máximo de 1 litro.
Se entiende por líquidos:
Puede subir también a bordo del avión líquidos destinados a su uso durante el viaje, por ejemplo líquidos necesarios para la atención a la salud o por razones específicas del régimen alimenticio, incluso alimentos para el lactante. En caso de tener que llevar este tipo de sustancias por razones médicas o de lactancia, es preciso que sea una cantidad no superior a la necesaria para el periodo del viaje. Los empleados de los controles de seguridad podrán requerirle para probar, por ejemplo, la alimentación del lactante o exigir la presentación de documentos sobre el origen de los líquidos, por ejemplo, en caso de llevar insulina, se trata del diagnóstico médico o la receta a su nombre.
La nueva reglamentación hace referencia sólo al equipaje de mano. El transporte de líquidos en el equipaje facturado está sometido solamente a las disposiciones corrientes.
En los aeropuertos de países de la Unión Europea, Noruega, Islandia, Suiza, EE.UU. y Canadá, podrá adquirir líquidos (bebidas, perfumes, cremas y demás) en las tiendas ubicadas tras el control de pasaportes después de presentar la tarjeta de embarque. Si le entregan las compras en bolsas sellados, espere a abrirlas una vez que haya sido sometido a los controles de seguridad por el personal competente. Para las compras del aeropuerto no rigen los límites de cantidad.
Si durante el viaje a su destino hace escala en algún otro aeropuerto de un país de la Unión Europea, también puede comprar líquidos allí, y ello en puntos de venta con el mismo régimen. También podrá comprar líquidos a bordo de los vuelos con los que tenga conexión que sean operados por compañías aéreas de países miembros de la Unión Europea. Los líquidos le serán entregados en bolsas selladas. Para abrirlas, deberá esperar hasta el último control de seguridad de la última escala en un aeropuerto de un país miembro de la Unión Europea.
En caso de que algo no le quede claro, diríjase a la compañía aérea o a la agencia de viajes que le haya vendido el pasaje aéreo, o en su caso al Centro de Atención de Czech Airlines al teléfono 800 310 310.

Todo lo demás debe depositarse en el equipaje facturado.
Si tiene alguna duda sobre lo que puede llevar consigo a bordo del avión, contacte con Czech Airlines o con su agencia de viajes.